29-05-2020

FREMM informa sobre los nuevos plazos para presentar documentos medioambientales

FREMM informa a sus gremios asociados sobre las nuevas fechas para la presentación de las declaraciones medioambientales, ya que el 1 de junio se reanudan los plazos suspendidos durante el estado de alarma.

Una vez que desde el 1 de junio se reanudan los plazos suspendidos durante el estado de alarma, la Federación Regional de Empresarios de Metal de Murcia, FREMM, detalla a sus asociaciones y gremios afectados el nuevo calendario para la presentación de documentos en materia medioambiental:

TALLERES

- Declaración anual de envases y embalajes (antes del 16 de junio). Obligatorio para empresas que tengan residuos de envases o embalajes.

- Informe Preliminar de Situación de Suelo (IPS) o renovación: Se debe presentar si se da alguna de las siguientes situaciones (Orden PRA/1080/2017, de 2 de noviembre):
⦁    Cuando existen depósitos enterrados de sustancias peligrosas
⦁    Cuando se consumen pinturas o barnices de base no acuosa en cantidades superiores a 1 ton/año
⦁    Cuando los focos potencialmente contaminantes del suelo se encuentran a la intemperie o sobre suelo no pavimentado.
Se presenta cada ocho años, según se especifique en la resolución del Informe, pudiendo sustituirse por una declaración responsable, si en el período de referencia no se ha producido ninguna modificación que haya podido afectar al estado del suelo.
Para empresas que han quedado exentas de esta obligación: aconsejan desde la Administración cerrar el expendiente, mediante declaración responsable que adjuntamos.

- Declaración anual de medio ambiente (antes del 16 de junio). Quedan exentos los productores (grandes y pequeños) de residuos peligrosos y actividades incluidas en el grupo C de atmósfera. Obligatorio para empresas sometidas a Autorización Ambiental Autonómica, en particular:
⦁    Instalaciones para tratamiento de superficie de materiales, de objetos o productos con utilización de disolventes orgánicos, en particular para aprestarlos, estamparlos, revestirlos y desengrasarlos, impermeabilizarlos pegarlos, enlacarlos, limpiarlos o impregnarlos, con una capacidad de consumo de disolventes orgánicos de más de 150 kg de disolvente por hora o más de 200 toneladas/año. (Anejo I del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, punto 10.1)
⦁    Actividades catalogadas en los grupos A o B de atmósfera (art. 15, Ley 4/2009)

- Declaración anual de Vertidos al Alcantarillado: La obligación de presentarla varía según el municipio (las ubicadas en el de Murcia tienen que hacerla), y suele venir recogida en la concesión de la licencia.

DESGUACES

- Informe Preliminar de Situación de Suelo (IPS) o renovación: Se renueva cada ocho años, pudiendo sustituirse por una declaración responsable, si en el período de referencia no se ha producido ninguna modificación que haya podido afectar al estado del suelo.

- Memoria anual de gestor de residuos (antes del 1 de marzo). Obligatorio para gestores de residuos (centros CAT).

- Declaración anual de medio ambiente (antes del 16 de junio). Obligatorio para empresas sometidas a Autorización Ambiental Autonómica (*).

- Informe resumen anual. Obligatorio presentar anualmente una memoria resumen de la información contenida en el Archivo cronológico (artículo 41 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, contenido de la memoria en el anexo XII)

- Declaración anual de Vertidos al Alcantarillado: La obligación de presentarla varía según el municipio (las ubicadas en el de Murcia tienen que hacerla) y suele venir recogida en la concesión de la licencia.

FABRICANTES

- Declaración anual de envases y embalajes (antes del 16 de junio). Obligatorio para empresas que tengan residuos de envases o embalajes.

- Informe Preliminar de Situación de Suelo (IPS) o renovación: Se renueva cada ocho años, pudiendo sustituirse por una declaración responsable, si en el período de referencia no se ha producido ninguna modificación que haya podido afectar al estado del suelo.

- Declaración anual de medio ambiente (antes del 16 de junio) Obligatorio para empresas sometidas a Autorización Ambiental Autonómica (*).

- Declaración anual de Vertidos al Alcantarillado: La obligación de presentarla varía según el municipio (las ubicadas en el de Murcia tienen que hacerla) y suele venir recogida en la concesión de la licencia.

Todos los formularios pueden descargarlos de la página web de FREMM.

Si lo desean, pueden enviar a mlorenzo@fremm.es toda la documentación para que se la tramitemos telemáticamente.

Para cualquier aclaración, póngase en contacto con Manuel Lorenzo Sanz, responsable del departamento de Medio Ambiente de FREMM (teléfono 968 96 55 01)                             

 

 

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C/ del Metal nº 4
30009 - Murcia
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Email: rmg@fremm.es

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