04-05-2020

FREMM detalla las condiciones de reapertura de comercios, talleres, instalación y obra

FREMM detalla la normativa que permite a los comercios minoristas y servicios de reparación su apertura. Asimismo, aclara los cambios que facilitan también las instalaciones y las obras y destaca que ya es posible dos trabajadores por vehículo, siempre que, en todos casos, se extremen la prevención contra el coronavirus.

Cita previa y máximo rigor en la prevención y seguridad de los trabajadores y clientes, con limpieza y desinfección dos veces al menos, son los dos pilares sobre los que se asienta la desescalada que se inicia el 4 de mayo para los comercios minoristas y servicios de reparación, así como en el área de las instalaciones y las obras, donde también se encuadran numerosas empresas del metal.

La Federación Regional de Empresarios del Metal de Murcia, FREMM, concreta las condiciones que facilitan una vuelta parcial a la normalidad desde el 4 de mayo.

Comercios minoristas y servicios de reparación

  • Los comercios minoristas pueden reabrir si tienen menos de 400 metros. En el caso de estar en un centro comercial, sólo podrán hacerlo los que cuenten con acceso directo o independiente.
  • Debe establecer un sistema de cita previa que garantice la permanencia en el interior del establecimiento o local en un mismo momento de un único cliente por cada trabajador en el caso de un comercio, sin que se puedan habilitar zonas de espera en el interior de los mismos.
  • En el caso de los talleres de reparación, cuya actividad está regulada por la Orden TMA/259/2020 del Ministerio de Transporte, FREMM ha solicitado información ya que se interpreta que:
  1. Pueden seguir realizando reparaciones urgentes de vehículos autorizados como hasta ahora.
  2. Los de menos de 400 metros podrán trabajar con cita previa a clientes de su municipio.
  3. La venta y/o reparación solo podrá efectuarse a clientes que residan en el mismo municipio, salvo que el servicio o producto no se encuentre disponible en el mismo.
  • Se garantizará la atención individualizada al cliente con la debida separación física de al menos 2 metros. Si no fuese posible guardar esa distancia, se instalarían mostradores o mamparas con una separación mínima de 1 metro entre proveedor y cliente.
  • Se establecerá un horario de atención preferente para mayores de 65 años, que deberá hacerse coincidir con las franjas horarias para la realización de paseos y actividad física de este colectivo.
  • Se podrán establecer, en su caso, sistemas de recogida en el local de los productos adquiridos, siempre que garanticen una recogida escalonada que evite aglomeraciones en interior del local o su acceso.

Instalación y acabado de obra
La nueva orden permite llevar a cabo las siguientes obras:

Las realizadas en locales, viviendas u otras zonas delimitadas del edificio no habitadas o a las que no tengan acceso los residentes mientras duren las obras, siempre que se cumplan las condiciones siguientes:

  • Se limite la circulación de trabajadores y materiales por zonas comunes no sectorizadas, y se adopten todas las medidas oportunas para evitar, durante el desarrollo de la jornada, el contacto con los vecinos del inmueble.
  • El acceso y salida de esos locales, viviendas o zonas se produzca al inicio y a la finalización de la jornada laboral.         
  • Asimismo, mediante esta modificación también se permite el acceso a zonas no sectorizadas del edificio, para la realización de las operaciones puntuales de conexión con las redes de servicios del edificio que sean necesarias para acometer las obras.

Uso de vehículos por motivos laborales
Se permiten dos personas por fila siempre y cuando se lleven a cabo las correspondientes medidas de protección.

Medidas de higiene

Son imprescindibles para el desarrollo de la actividad, preservando la seguridad y salud laboral de los trabajadores y clientes.

Ante cualquier duda, puede consultar con los siguientes técnicos de FREMM:
 
Mª José Aragón.          mjaragon@fremm.es         968931405
Mª Dolores García.     mdolores@fremm.es         968931404
 

 

Asociación Regional de Empresarios de Telecomunicaciones de Murcia
C/ del Metal nº 4
30009 - Murcia
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Email: rmg@fremm.es

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