30-03-2020

Publicada la regulación del permiso retribuido en servicios no esenciales

FREMM informa que sobre la publicación del Real Decreto Ley 10/2020 de29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales para luchar contra el coronavirus.

La Federación Regional de Empresarios del Metal de Murcia destaca la disposición transitoria primera de la nueva normativa, que hace referencia a las garantías para la reanudación de la actividad empresarial:

“En aquellos casos en los que resulte imposible interrumpir de modo inmediato la actividad, las personas trabajadoras incluidas en el ámbito subjetivo de este real decreto-ley podrán prestar servicios el lunes 30 de marzo de 2020 con el único propósito de llevar a cabo las tareas imprescindibles para poder hacer efectivo el permiso retribuido recuperable sin perjudicar de manera irremediable o desproporcionada la reanudación de la actividad empresarial.”

FREMM dará a conocer las actividades que, finalmente, se verán afectadas por el parón productivo de todas las empresas no esenciales una vez se publiquen hoy, 30 de marzo, en el BOE. Por el momento, se puede consultar el adelanto que ya establecía la normativa.

Para cualquier aclaración, FREMM refuerza su atención a las empresas con los siguientes técnicos: 

 

 

 

Asociación Regional de Empresarios de Telecomunicaciones de Murcia
C/ del Metal nº 4
30009 - Murcia
Teléfono:
Fax:
Email: rmg@fremm.es

https://aretelmur.es/